lunes, 4 de abril de 2011

Dignificar legislatura y UABCS: dos tareas urgentes

                                               
                                                                                       Por José Luis Vázquez Ceja


Volver a dignificar el trabajo legislativo y restituir la legalidad de la UABCS derogando  el decreto 1903 violador de su autonomía no sólo constituyen  tareas nobles y trascendentes para la XIII Legislatura sino son el único camino para recuperar la confianza y la credibilidad ciudadana en estas instituciones. El  trabajo legislativo porque es  través de éste como se crean las normas jurídicas para la actuación de nuestras instituciones y nosotros como ciudadanos y en cuanto a la UABCS, porque es la institución pública responsable de formar ciudadanos y profesionistas en un ambiente autónomo y libertario a través de la docencia, la investigación, difusión de la cultura y la extensión universitaria.
Sin ética ni profesionalismo la legislatura pasada.
Los últimos actos del gran teatro del absurdo de la pasada legislatura no sólo vienen a corroborar el modus operandi de cualquier tribu urbana—obediente a los mandatos del gran señor-- sino constituyen una evidencia  que puede llegar a institucionalizarse como un sistema mediocre y corrupto  de no atajarse por la vía política, legal y administrativa esos  actos u omisiones de los ex diputados de la pasada legislatura.
El acto del ex presidente de la Gran Comisión de la recién terminada legislatura, Ariel Castro Cárdenas, de no estar presente en la entrega-recepción sino hacerlo mediante oficio vía internet no sólo constituye un agravio a la institucionalidad del Poder Legislativo sino una franca violación a la Ley Reglamentaria de este Poder y una falta de respeto al acto protocolario mismo de entrega-recepción. Pero donde no faltó uno solo de los 21 diputados fue en el embolso de la módica suma de 975 mil pesos, dando un total de 20. 5 millones. Acto al que llamaron  con todo el sarcasmo del mundo “bono de retiro” o, más apropiado, “bono por servicios prestados” no al estado de Baja california Sur sino a los poderes de facto.
Violar la autonomía de la UABCS: el otro gran atropello legislativo
La más comentada en la prensa, fue la aprobación anticipada –vía fast track- de la Cuenta Pública por la cantidad de 9 mil 94 millones 806 mil 715 pesos, las reformas a la Ley Municipal y muy particularmente,  las reformas a Ley Orgánica de la UABCS, violatorias de su autonomía, con el único propósito de dar al actual grupo en el poder, encabezado por el veterinario y abogado Alejandro Palacios, autoridad para continuar con la opacidad en el manejo de los recursos financieros, en el control sobre el ejercicio autoritario, intimidatorio y discrecional del poder y, para  el control de consejeros universitarios y el propio rector. En suma, tanto gobierno del Estado, por conducto de los prestigiados diputados, y este grupo de universitario, dieron y dan más valor a la estructura de poder administrativa y sindical que las actividades sustantivas de la UABCS de docencia, investigación, difusión de la cultura y extensión universitaria
 Breves antecedentes del atropello legislativo a la autonomía universitaria
En el mes de octubre de 2010, los sindicatos del personal administrativo y académico solicitaron a la Junta Consultiva la remoción del rector Rodrigo Guerrero Rivas. Después de escuchar en plenas asambleas de ambos sindicatos los argumentos para tal remoción, la Junta Consultiva resolvió que la remoción de un rector legal y legítimamente electo por la Comunidad Universitaria era improcedente. Días después, el Consejo General Universitario convoca a reunió a la Junta Consultiva, a la cual no asistió ya que el rector Rodrigo Guerrero Rivas había presentado su renuncia a la rectoría de la UBACS con carácter de irrevocable.
Ante tal situación, la Junta Consultiva en apego al Artículo 12 de la Ley Orgánica  decide el 3 de noviembre del 2010 convocar a la Comunidad Universitaria a presentar propuestas para el nombramiento de un nuevo rector de la UABCS para el período comprendido entre el 12 de noviembre de 2010 y el 6 de junio de 2012. En tanto, el Consejo General Universitario, sin facultades para ello, nombra a Javier Gaytán Morán,  como “encargado del despacho”, figura inexistente en la legislación universitaria. Aún cuando   la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES) ya había comunicado al CGU que carecía de facultades para seleccionar, designar o nombrar rectores, en su carácter de electo, interino o provisional. Para allanar las diferencias de interpretación derivadas por el Consejo General Universitario para designar rector, la Junta Consultiva procedió a nombrar rector al Dr. Carlos Villavicencio Garayzar, a quien dio posesión de su cargo para el período del 10 de diciembre del 2010 al 6 de junio de 2012, el día 13 de diciembre en las instalaciones de rectoría de la UABCS, ante el abogado general de la UABCS y frente a Notario Público.    
  Acuerdos a espaldas de la comunidad universitaria
                   Sin el más mínimo respecto de la autonomía universitaria, la fracción mayoritaria  del Congreso (PRD, PT y PANAL), altos funcionarios del gobierno y un grupos de universitarios encabezados por el veterinario y abogado Palacios, armaron el proyecto de decreto mediante el cual se reformaban y adicionaban los artículos 9, 10 y 12 de la Ley Orgánica de la UABCS, precisamente para darle facultades al Consejo General Universiatario para seleccionar, designar o nombrar rectores. Esto es, todo lo contrario a lo que la ANUIES interpretó de la Ley Orgánica.  Armado el proyecto de decreto, correspondió a los ilustres y doctos ex diputados Elmuth Dubeth Castillo Sandoval, Natividad Osuna Aguilar y Silvestre de la Toba someterlo a la consideración de H XII Legislatura para su aprobación y trámite correspondiente.
                      El 11 de febrero de 2011,  correspondió al más ilustre y acomedido de los ex diputados, Silvestre de la Toba,  presentar la iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Orgánica de la UABCS al pleno del Congreso y, pese a la exposición del Dr. Carlos Villavicencio –invitado por el Congreso- y a las posiciones en contra de los ex diputados Armando Cota y Adolfo González,  nada detuvo la segunda lectura de la mencionada iniciativa.  A las 18: 30 horas del jueves 11 de febrero, los ex diputados de la fracción parlamentaria del PRD, el PT y el voto del ex diputado independiente Silvestre de la Toba, la iniciativa de  reformas y adiciones a los Artículos 9, 10 y 12 de la Ley Orgánica de la UABCS fue aprobada.
    ¡Increíble! Un caso para Ripley y los tribunales de justicia.
     El mismo 11 de febrero a las 18:30 horas, aún cuando todavía no terminaba la sesión del Congreso donde se aprobó la multicitada iniciativa, el señor veterinario y abogado Alejandro Palacios Espinosa ya estaba convocando a los consejeros universitarios afines a una reunión extraordinaria del CGU, con un único punto: retirar del cargo al M en C Javier Gaytán Morán  y nombrar otro rector, nombramiento que el propio Palacios Espinosa asume, y por tanto como presidente del CGU nombra nuevamente a Gaytán, como rector interino,  por un nuevo periodo que va del 11 de febrero al 3 de junio de 2011. Sorprendidos. ¿No?.  Lo increíble de todo este sainete parlamentario, fue que el mismo día 11 de febrero dicho decreto fue firmado por el gobernador del Estado, Narciso Agúndez Montaño, y por el Secretario de Gobierno, Alfredo Porras Domínguez. Pero, las sorpresas todavía  no terminan, el mismo día dicho decreto fue publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado y distribuido a los muy allegados al “complot”.                   
   Conclusión
                       El decoro y el más mínimo respecto al reglamento y procedimientos  parlamentarios, jamás se observaron en  los ejemplos anotados, particularmente en cuanto a las violaciones a la autonomía universitaria.  Por todo ello, nada más digno que esta XIII Legislatura eche mano de la Constitución Federal en su Título Cuarto, De las responsabilidades de los servidores públicos (diputados, secretarios, jueces y demás), en su  articulado que va del 108 al 114 y de los correlativos en la Constitución Políticas de Baja california Sur, para proceder en cuanto a los actos u omisiones de  quienes en el desempeño de sus responsabilidades o cargos se hagan acreedores a sanciones de índole política, penal y administrativas. La leyes, procedimientos, sanciones y tiempos de prescripción, igualmente quedan establecidas en los  articulados de referencia. Su implementación y ejecución no sólo es una cuestión constitucional y jurídica sino de voluntad política para regresar a la ciudadanía esa confianza y credibilidad en sus instituciones y sus representantes.      

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