lunes, 5 de diciembre de 2011

El Gobierno sin acatar resolutivos ¿Será la SCJN la instancia  siguiente de la UABCS?
                                                                           Por José Luis Vázquez Ceja
Para vergüenzas no ganamos.  Bueno,   eso decimos los ciudadanos  comunes o del pueblo. Pero no nuestra clase política, compuesta por gobernantes y políticos. Esta se comporta como si los discursos,  las declaraciones y salir  en la prensa a diario fuera lo importante  y no cumplir con sus responsabilidades públicas para la que fueron electos y electas  o   designadas y designados. Su comportamiento es ese  clásico síntoma de esa enfermedad social  que  el doctor Arnoldo Kraus ha bautizado como Inepcia y anemia moral.
Los síntomas o manifestaciones de esta terrible enfermedad –socialmente hablando—son, entre otros: incapacidad para acatar y  obedecer normas, llegar acuerdos institucionales, afrontar disensos,  sin posiciones políticas ni ideológicas definidas, oportunismo  y aprovechamiento de los puestos públicos para el enriquecimiento, ausencia  de los intereses  ciudadanos y de velar por la dignidad de las instituciones. Otra característica no menos relevante de esta epidemia es hacer creer al enfermo—nuestra clase política—que anda en  las nubes,  en el limbo. Se siente fuera de toda norma del tiempo, de las  disposiciones constitucionales y jurídicas. No está sujeta a un sistema normativo como  lo estamos los   ciudadanos y las instituciones  republicanas. Veamos sólo dos ejemplos que ilustran el modus operandi de  nuestra clase política  cuando desgraciadamente ya padece esta crónica enfermedad.
Efectos y consecuencias  de la inepcia y la anemia moral
La flagrante violación de la autonomía de la UABCS y  el consecuente no reconocimiento del Rector nombrado por la Junta Consultiva, es un ejemplo evidente de esta pandemia enquistada en el quehacer diario de nuestra clase política. Recordemos que tras un año  de tres litigios y sus  resolutivos respectivos a favor de la autonomía de la UABCS y de su único rector Carlos Villavicencio Garayzar, tanto los diputados de la XIII Legislatura como el Ejecutivo del Estado y el grupúsculo de universitarios enquistado ilegalmente en las instalaciones de la UABCS  continúan en el limbo. En todo este tiempo no han sido capaces de   asumir  la  responsabilidad pública que les corresponde.   No han  acatado ni  han hecho  valer los resolutivos de  jueces y tribunales, consistentes en reconocer, salvaguardar y garantizar la legalidad del único rector que ha sido designado  en apego a la Ley Orgánica de la UABCS.
Mucho se ha escrito por distinguidos universitarios, incluso por ciudadanos como un servidor, cuyo único interés es rescatar y salvaguardar la función y dignidad de nuestras universidades públicas,  demandando de nuestras  autoridades estales cosas tan elementales  como que sean  respetuosas del orden legal y consecuentemente garantes de su vigencia y aplicación.
Sin acatar los resolutivos a favor de la legalidad y la dignidad universitaria
Repasemos los resolutivos de jueces y tribunales y volvamos comprobar las consecuencias terribles—desde el punto de vista de la salud pública—de esa pandemia que padece nuestra clase política.  
Primer juicio.  Tras la renuncia del rector Rodrigo Guerrero Rivas, la Junta Consultiva de la UABCS nombró rector al doctor Carlos Villaseñor Garayzar por el periodo 10 de diciembre de 2010 al 6 de junio de 2012. Ante tal  nombramiento, bajo el amparo y protección del Ejecutivo Estatal, el Consejo General Universitario nombró como rector “interino” al M en C Javier Gaytán Morán, quien  promovió ante el Tribunal Superior de Justicia del  Estado de Baja California Sur un juicio (expediente 31/2011) solicitando no surtiera sus efectos el nombramiento del doctor Carlos Villaseñor Garayzar como rector de la UABCS hecho por la Junta Consultiva.
El resultado del Tribunal Superior del Estado de Baja California Sur de fecha 7 de abril de 2011, y notificado al M en C Javier Gaytán Morán y a su abogado en fecha 8 de abril de 2011, con carácter de   inatacable, fue que el Rector de la Universidad Autónoma de Baja California Sur legalmente investido y que continuará ejerciendo dichas funciones legales es el Dr. Carlos Villavicencio Garayzar, pues de no acatarse se colocaría en un estado de riesgo jurídico a la Universidad.

Violadores. Lejos de esperar y acatar lo que en su derecho promovieron (expediente 31/2011), Javier Gaytán y demás “universitarios” pasaron a cometer el más indigno de los atropellos  que pueda recibir cualquiera de nuestras instituciones públicas de educación superior: violar su autonomía. No fueron lo que se decían que eran sino violadores. Además fueron los artífices de los que ilegalmente continúan en poder de la UABCS. La actuación de estos “universitarios” es un claro ejemplo de la anemia moral, consistente en esa deficiencia de actuar en función de intereses particulares o de grupo y no del interés general o institucional.  

Decreto 1903. Tal y como iniciamos el párrafo anterior, lejos de esperar el resolutivo del Tribunal del Estado de Baja California Sur (expediente 31/2011), el grupúsculo de universitarios, encabezado por el M en C Javier Gaytán Morán y el veterinario--abogado Alejandro Palacios Espinosa, como comparsas de la XII Legislatura y del Ejecutivo Estatal, el 11 de febrero de 2011, en menos de 24 horas, armaron, presentaron, aprobaron, firmaron, publicaron, distribuyeron y ejecutaron el  Decreto 1903, mediante el cual se reformaron los artículo 9, 10 y 12 de la Ley Orgánica de la UABCS, cuya única pretensión era  dejar sin efectos la designación  de Carlos Villavicencio Garayzar como rector de la Universidad Autónoma de Baja California Sur por de la Junta Consultiva Universitaria.

Segundo juicio. Ante burdo y descarado atropello a la dignidad de los universitarios, el rector Carlos Villaseñor Garayzar promovió juicio de amparo ante Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Baja California Sur (expediente 29/2011) por considerar que el Decreto 1903 violaba la Autonomía Universitaria (Artículo 3 fracción. VII Constitucional, que dice.. las universidades…a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas…), así mismo violaba el principio de irretroactividad de la Ley (artículo 14 Constitucional, primero párrafo, que entre otras cosas, estipula…a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna…Las situaciones consumadas antes no podrán modificarse bajo nuevos textos.. Sería injusto que una nueva Ley modificara hechos que se presentaron en periodos anteriores a la nueva vigencia..)                                                              

El resultado fue contundente. El juzgado Tercero en el Estado de Baja California Sur determinó por resolución de fecha 22 de julio de 2011,  conceder el Amparo al doctor Carlos Villavicencio Garayzar, declarando en dicha resolución el reconocimiento de su calidad de Rector de la UABCS legalmente investido, así mismo que el Congreso del Estado, el Ejecutivo Estatal y otras autoridades vulneraron lo señalado por el artículo 14 Constitucional primer párrafo y deberá restituirse en el goce de sus garantías al doctor Villavicencio Garayzar, situación que en términos del artículo 80 de la Ley de Amparo implica restituir las cosas al estado que guardaban antes de la violación de la garantía violada (este derecho es solo para el que solicitó el Amparo).

Lo lamentable de esta pandemia llamada inepcia y anemia moral no es sólo la suma de descréditos y desprestigios de nuestra clase política sino el daño irremediable que están causando a nuestras propias instituciones públicas. Igual que en primer juicio: las declaraciones de nuestra clase política van y bienes pero no acatan ni actúan en función de restituir la legalidad de la UABCS y  reconocer  su calidad de rector a Carlos Villavicencio Garayzar.

Igual que la Legislatura pasada (XII) y el gobierno anterior, ante la contundencia de acatar y apagarse a la legalidad, la actual Legislatura (XIII) y Ejecutivo Estatal, en flagrante violación a la soberanía del Estado, optaron por el contubernio legaloide al permitir que la Procuraduría General de la República (PGR) a través del Ministerio Público Federal adscrito al Juzgado Tercero de Distrito interpusiera un recurso de revisión en contra de la Sentencia emitida  por el Juez Tercero de Distrito en el Estado de Baja California Sur dentro del expediente 29/2011 que concedía el Amparo al doctor Carlos Villaseñor Garayzar en su calidad de rector del la UABCS.

Tercer juicio: ¿Cuales eran las posiciones tanto de la PGR como del Juez Federal? En el Expediente 381/2011 ante el Tribunal Colegiado del vigésimo sexto circuito en el Estado de Baja California Sur,  mientras la PGR alegaba que se había violado el procedimiento y que el nombramiento dado por la Junta Consultiva Universitaria carecía de eficacia ya que había un rector electo(sic) distinto al doctor Carlos Villavicencio Garayzar.

Calos Villaseñor Garayzar, el único rector de la Universidad reconocido por el Juez Federal alegaba que la PGR no tenía facultades de interponer dicho recurso por no incumbir a sus atribuciones lo que vulneraba la Autonomía Universitaria, la Soberanía Estatal y venía a reforzar la posición de las Autoridades responsables, por lo que se debía desechar el referido recurso.

El resultado fue unánime: Se determinó por unanimidad de votos de los Magistrados del Tribunal Colegiado de Circuito resolver en sesión de fecha 27 de octubre de 2011 y publicada en fecha 9 de noviembre de 2011, DESECHAR el recurso interpuesto por PGR, declarando en dicha resolución que la PGR no tiene facultades para ver interpuesto dicho recurso ya que no afecta los intereses que debe defender.

Por consiguiente se confirma la resolución de Amparo concedida al doctor Carlos Villavicencio Garayzar por el juzgado Tercero en el Estado de Baja California Sur, de fecha 22 de julio de 2011, en su calidad de Rector de la UABCS legalmente investido, que el Congreso del Estado, el Ejecutivo Estatal y otras autoridades vulneraron en lo señalado por el artículo 14 Constitucional primer párrafo y deberá restituirse en el goce de sus garantías al doctor Villavicencio Garayzar. Esta situación se reafirma, en términos del artículo 80 de la Ley de Amparo, al ordenar restituir la legalidad a la UABCS ¿Cómo? Derogando el nefasto Decreto 1903, de febrero 11 de 2011, así como reconocer y dar posesión formal al doctor Carlos Villaseñor Garayzar, como único rector legal nombrado por la Junta Consultiva para el periodo 10 de diciembre de 2010 al 6 de junio del 2012.

Conclusión

El mismo doctor Arnoldo Kraus nos dice que en la actualidad es una obligación y una necesidad ciudadana dudar y cuestionar permanente a nuestros gobernantes y políticos, como la única receta para atacar  esa enfermedad llamada inepcia y anemia moral, que generalmente todos padecen. Salvo que los actuales gobernantes y políticos estén más enfermos que los anteriores, los resolutivos de jueces y tribunales a favor de restituir la legalidad a la UABCS, derogando el Decreto 1903, y restituir al rector Carlos Villavicencio Garayzary, seguirán sin acatarse, con consecuencias no a favor de la universidad, ni de los auténticos universitarios ni de la sociedad, a quien se debe, sino de unos  vividores cada día más enfermos, cuyo leitmotiv es mantener el poder sin importar el prestigio y la dignidad de la UABCS.      

 

 

 

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